Inauguramos nuestro blog con reseñando una reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº11 de Madrid que se pronuncia sobre la demanda colectiva planteada por ADICAE contra varias entidades bancarias. En la sentencia se determina:

  • La nulidad de las cláusulas suelo contenidas en los préstamos hipotecarios, por falta de transparencia.
  • La obligación de las entidades bancarias de eliminar a su costa dichas cláusulas y cesar su aplicación
  • La devolución a los consumidores de las cantidades indebidamente abonadas en aplicación de las cláusulas declaradas nulas, pero con efectos a partir de 9 de mayo de 2013, acogiendo así el criterio marcado por la Sentencia del Tribunal Supremo de esa misma fecha.

La juzgadora se basa, entre otras razones, en que cláusulas como éstas, que tienen especial incidencia en la cuota a pagar, y que además perjudican al consumidor, deben tener un tratamiento destacado en la escritura de préstamo hipotecario y no un tratamiento secundario que deviene en falta de transparencia y por lo tanto, en abusividad.

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